Desde el próximo 4 de abril y hasta el 27 de junio, los contribuyentes podrán solicitar el borrador de la renta 2010 o los datos fiscales. Este año se presenta la novedad de que se podrá confirmar el mismo día si se realiza la gestión por teléfono o por Internet. A partir del próximo 4 de abril se podrán solicitar los datos fiscales o el borrador de la renta del ejercicio 2010, estas acciones se podrán realizar como máximo hasta el 27 de junio día que ha fijado el Ministerio de Economía y Hacienda como máximo para solicitarlo. Una vez que los contribuyentes reciban el borrador podrán modificarlo o completarlo en caso de que falten datos para después confirmarlo a partir del mismo día si lo hacen de forma telemática o por teléfono.
Para los que no dispongan de estos medios o prefieran hacerlo de forma presencial o por otros medios será a partir del 3 de mayo. Aunque en ambos casos, el plazo de presentación de la renta concluye el 30 de junio, siendo el 27 de junio la fecha tope si se domicilia el pago o el cobro.
Los datos fiscales y el borrador se pueden solicitar a través del portal de Internet de la Agencia Tributaria www.agenciatributaria.es o mediante una llamada al teléfono 901 12 12 24, desde el 4 de abril de 2011 sin esperar a que Hacienda se los remita. Para ello hay que disponer del número del NIF, el importe de la casilla 698 de la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio 2009 y el número de teléfono móvil en el que deseen recibir mediante mensaje de texto el número de referencia del borrador o de los datos fiscales. Con dicho número no sólo podrán acceder a estos datos, sino que también podrán confirmar el borrador con o sin modificación.
En cuanto a los contribuyentes que no están obligados a presentar la declaración de la Renta, son aquellos que no superen los 22.000 euros íntegros siempre que procedan de un solo pagador. Excepto los que tengan algún tipo de deducción.