El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla dictó una sentencia, a finales del pasado mes de septiembre, en la que establece que la cláusula de suelo incorporada por los bancos en los créditos hipotecarios es nula, al considerarla una «cláusula abusiva».
El tribunal ha considerado abusiva la cláusula de suelo al entender que existe un desfase entre esta que está establecida entre el 2,5 y 4% y las que se marcan como techo que ascienden hasta el 14 o 15%. Por eso el tribunal ha decretado que las entidades BBVA, Caixa Galicia y Cajamar, tienen que eliminar este tipo de cláusulas y no utilizarlas en el futuro.
Por su parte los bancos defienden que la cláusula de suelo constituye una condición general preestablecida de la contratación de las hipotecas y una cláusula negociada individualmente con cada cliente. Por eso recurrirán la sentencia establecida por el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla y hasta que no acabe todo el proceso la sentencia no será firme.
La decisión puede suponer un avance para todos los hipotecados que tengan este tipo de contratos y que a partir de ahora pueden ver como sus hipotecas descienden al mismo ritmo que lo hace el euribor, sin tener que pagar una cuota mínima. Cuando la sentencia sea firme, los afectados podrán reclamar por vía judicial la devolución del importe pagado de más en función de la aplicación de esa cláusula.