La mascarilla será obligatoria en la montaña si se va en grupo. Así lo han acordado las Comunidades y el ministerio de Sanidad en el marco del Consejo Interterritorial.

El acuerdo también amplía los supuestos en los que se considera que el uso de la mascarilla es incompatible para permitir la realización de determinadas actividades. A partir de ahora no será necesario ponerse la mascarilla en la playa si se puede respetar la distancia de metro y medio, pero será necesario si nos acercamos a la orilla del mar o si paseamos.

Tampoco será obligatorio en la práctica del deporte acuático y en los descansos antes o después del baño, en las actividades de socorrismo o rescate cuando requieren acceder al medio acuático y en los periodos necesarios para comer o beber, siempre en lugares públicos. En cambio tendremos que llevarla si permanecemos en el exterior o interior de establecimientos de hostelería, salvo en los momentos en los que bebamos o comamos.

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