El Gobierno obliga el uso de mascarillas desde mañana jueves y mantendrá su eficacia durante toda la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas. En el día de hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la orden que regula las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria.
El uso de cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca será obligatorio en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad interpersonal de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años.
No están obligadas a usar mascarillas aquellas personas que presenten algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla y a aquellas cuyo uso se encuentre contraindicado por motivos de salud o discapacidad.
Asimismo, su uso no será exigible en el desarrollo de actividades que resulten incompatibles, tales como la ingesta de alimentos y bebidas, así como en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
El uso generalizado de mascarillas por parte de la población general para reducir la transmisión del Covid-19 está justificado no solo por su alta transmisibilidad, sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad.