El Boletín Oficial de la provincia ha publicado la normativa sin regulación de la ordenanza de Venta Ambulante en Fuenterroble de Salvatierra, estableciendo el martes como día de venta.
La sesión plenaria del Ayuntamiento de Fuenterroble celebrada el pasado 30 de agosto, aprobó inicialmente la Ordenanza Municipal de la Venta Ambulante. La cuál, establece que la zona urbana de emplazamiento autorizado, para el ejercicio de la venta ambulante, será la plaza del Santo Cristo del Socorro, quedando expresamente prohibida la venta desde camiones o tiendas por las vías del municipio. El día establecido, será todos los martes en horario de ocho de la mañana a dos de la tarde.
Además de establecerse una serie de requisitos que podrán consultar en la edición de hoy del Boletín de la provincia, se han aprobado la cuantía de las sanciones si se comete algún tipo de infracciones. Las leves se sancionarán con apercibimiento o multa de hasta 750 euros. Las infracciones graves se sancionarán con multa de hasta 1.500 euros, mientras que las muy graves se sancionarán con multa de hasta 3.000 euros.
Por último, en cuanto a la relación de objetos y productos que se pueden poner a la venta, se autorizarse la venta de productos alimenticios y de herbodietética cuando se cumplan las condiciones sanitarias e higiénicas que establece la Legislación sectorial sobre la materia para cada tipo de producto.