La campaña de la declaración de la renta correspondiente al ejercicio de 2024 ha comenzada esta jornada de 2 de abril, al menos, el inicio de la presentación de Renta web por Internet.
- 29 de abril: comienza la solicitud de la cita para la atención telefónica
- 6 de mayo: inicio de la presentación Renta web por teléfono mediante el programa ‘Le llamamos’
- 29 mayo: Apertura de la cita previa para la atención presencial
- 2 junio: Inicio del servicio presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria
- 25 junio: fecha límite para domiciliación renta a ingresar
- 30 junio: Fin de la campaña.
Este trámite anual que no todo el mundo está obligado a hacer porque depende de los requisitos que marca Hacienda finalizará el 30 de junio.
Entre las novedades de este año, destacan varias:
- Los parados estarán exentos de declarar la renta de 2024. El Gobierno ha decidido finalmente no obligar a los perceptores de la prestación por desempleo a presentar la Declaración de la Renta.
- Se podrá pagar por Bizum o tarjetas de débito o crédito si la renta sale a ingresar.
- Como cambio de última hora, se permitirá a los mutualistas recibir en un solo pago las cantidades que abonaron de más en sus cotizaciones a las antiguas mutualidades.
Uno de los errores más comunes es no revisar el borrador que Hacienda nos facilita, porque puede no incluir todos los datos como nuestra situación familiar actualizada, las cuotas sindicales, las de los colegios o las deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética, entre otros. Otro de los errores que se suele cometer es no incluir todos los ingresos percibidos, como cuando se ha trabajado en varias empresas en un mismo año. Hacienda cruza información con diferentes organismos, por lo que se puede detectar cualquier error y que se genere una inspección.
A los ciudadanos les genera interés qué tipo de facturas pueden desgravarse. Entre ellas, destacan los gastos relacionados con la vivienda, los educativos, además de donaciones y aportaciones a ONG y los gastos derivados del transporte.
Pueden consultar la información, en la web de la Agencia Tributaria donde, además, podrá hablar con un asistente virtual para resolver sus dudas.