Terraza en Guijuelo

Tras la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad, toda Castilla y León se encuentra en el nivel de riesgo medio, el nivel 2 de alerta sanitaria.

Se trata de un nuevo paso hacia la normalidad que conlleva limitaciones por la covid-19 menos restrictivas:

En la hostelería, el consumo dentro del local no se podrá efectuar en barra o de pie y deberá realizarse sentado en mesa o agrupaciones de mesas, no pudiendo superarse el 75% del aforo en mesa en las salas de hasta 40 clientes y el 50% en las salas de más de 40 comensales. La máxima ocupación por mesa será de 10 personas. En terrazas, se limita el aforo al 75%, no se permite el consumo de pie y la ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas estará limitada a 10 personas. En este nivel, no se permite el consumo en el interior de las discotecas y salas de fiestas.

Se establece como horario de cierre de los establecimientos de hostelería la 01:00 horas como máximo, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas. El horario máximo de cierre en terraza estará marcado por la licencia municipal de cada local.

Tanto en comercio minorista como en centros comerciales 50% de aforo máximo. También se aplica a mercados que desarrollan su actividad en la vía pública, ferias comerciales al aire libre, mercados de ganado y entes feriales.

Las actividades grupales en los centros deportivos aumentarán su capacidad hasta 10 personas, en espacios cerrados y a 15 en lugares al aire libre, incluido el monitor. Y el aforo de los centros deportivos será del 50%.

Las bibliotecas, museos y salas de exposiciones contarán con un aforo máximo del 75%.

En cuanto a las bodas y celebraciones, en espacios no religiosos, 33% de aforo en sitio cerrado y 50% al aire libre. En lugares de culto, el aforo variará en función de la capacidad del templo.

Los velatorios se podrán celebrar con un máximo del 50% de aforo en lugares cerrados y 50 personas máximo de comitiva, en abierto sin limitación, si hay distancia.

Los cines, teatro, auditorios y espacios similares, contarán con un aforo del 75%, siempre que se pueda mantener un asiento libre de distancia en la misma fila. Y en el caso de otros recintos, locales y establecimientos destinados a espectáculos públicos y actividades recreativas, tendrán un límite de aforo del 50%, con un aforo máximo de 250 personas en lugares cerrados y 500 personas en actividades al aire libre.

Se podrán celebrar congresos, reuniones de negocios y eventos hasta congregar a un máximo de 300 asistentes o un 50% del aforo.

Por otro lado, en relación a las piscinas, tanto en las públicas como en las de comunidades de vecinos podrán contar con un 75%.

Las casas rurales contarán con un límite de 12 personas con dos grupos de convivencia como máximo.

En relación a los toros y a las peñas,las celebraciones taurinas tendrán un 50% de aforo máximo, con un asiento libre entre espectadores. Las peñas deberán permanecer cerradas.

Academias, autoescuelas y centros de formación: aforo máximo del 50% y se recomienda la enseñanza telemática.

Por último, respecto a los centros, servicios y establecimientos de servicios sociales en la Comunidad y, más concretamente, en centros de día de atención social, destinados exclusivamente al ocio para personas mayores, se fijan un aforo máximo del 75% en el nivel 2.

El acuerdo se revisará cada 14 días y se evaluará la necesidad de ampliar o reducir el nivel de alerta declarado.

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