Castilla y León ya se encuentra en el nivel 3 de alerta sanitaria, tras la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad, lo que significa que hemos pasado de estar en riesgo muy alto, a riesgo alto.
Los aforos y las restricciones en este nivel 3 quedan de la siguiente manera:
Los cines, teatros y similares, si cuentan con entradas numeradas, el aforo permitido es del 50%, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia en la misma fila.
Bibliotecas, museos y salas de exposiciones tendrán un aforo del 50% como máximo en cada sala y para las actividades grupales se establece un máximo de 10 personas incluída la persona que la dirija.
Por otro lado, los centros de ocio infantil, tendrán un aforo máximo de ⅓. En el caso de otros recintos, locales y establecimientos pensados para los espectáculos y actividades recreativas, el aforo será del 33% con un límite máximo de 100 personas en espacios cerrados y 200 en espacios al aire libre.
Respecto a las actividades en la naturaleza y otros espacios de uso público, se permiten grupos de máximo 10 personas, incluido el guía.
En relación a la práctica deportiva las instalaciones y centros deportivos contarán un aforo del 50% y hasta un máximo de 6 personas si se realiza en espacios cerrados y de 10 al aire libre. Además, los vestuarios y las duchas continúan cerrados en este nivel.
En la actividad deportiva oficial de carácter no profesional y ámbito autonómico, la federada y el programa de deporte escolar, salvo las competiciones con fases de ascenso a competiciones regulares de ámbito estatal, los entrenamientos podrán tener un máximo 30 personas de forma simultánea y se pueden realizar tanto al aire libre como en instalaciones cerradas.
Asistencia de público a eventos deportivos habrá un aforo de 50%. Para aforos superiores, o en instalaciones deportivas no convencionales, se precisa autorización sanitaria.
Piscinas: el aforo aumenta hasta el 50% en piscinas al aire libre y de ⅓ si se trata de piscinas cubiertas.
Otro de los apartados son los establecimientos hoteleros y de alojamiento, en los que las actividades de animación o las clases grupales se podrán celebrar con 6 personas como máximo, incluído el monitor. Además, el aforo en las zonas comunes será de 1/3. En el caso de los alojamientos rurales, el aforo permitido es de un máximo de 10 personas y 2 unidades de convivencia. Los albergues turísticos y juveniles: aforo del 1/3, además, no podrán pernoctar en la misma estancia personas de diferentes grupos de convivencia.
En los establecimientos de hostelería y restauración, además del cierre establecido a la 1 de la mañana para las terrazas y a las 12 para el interior, el consumo dentro del local en barra o de pie, no está permitido, deberá de realizarse en mesa con un máximo de 6 personas y el total del local contará con un aforo máximo del 75% en el caso de salas de hasta 40, en salas de 41 a 60 comensales el aforo será de 30 personas y en las salas de más de 60 comensales, el aforo será del 50%.
La actividad en las plazas de toros se podrán realizarán con un aforo máximo del 50%, siempre que se pueda mantener un asiento de distancia.
Las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación contarán con un aforo de 1/3 en formación presencial.
Los grandes establecimientos comerciales tendrán un aforo máximo de ⅓, mientras que los locales minoristas contarán con una limitación del 50%. Además, los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública, las ferias comerciales al aire libre, los mercados de ganado y similares, tendrán un aforo máximo del 50%.
Lugares de culto tendrán el aforo permitido según la capacidad del templo.
Velatorios y entierros: el aforo será de ⅓ con un máximo de 10 personas por comitiva. En espacios abierto se permiten 20 personas como máximo.
Ceremonias religiosas o civiles: El aforo máximo será de 1/3, con un máximo de 50 personas.
Congresos, encuentros, conferencias, eventos y actos similares. Se recomienda que se celebren de forma telemática, pero en aquellos
que se lleven a cabo de manera presencial, contarán con un aforo máximo de ⅓ y un límite máximo de 150 personas.
Por último, en cuanto a las discotecas y establecimientos de ocio nocturno para el consumo en el interior debe permanecer cerrados y en cuanto a las peñas, continuarán cerradas en este nivel.
La Junta realizará un seguimiento de los datos y los revisará cada 14 días para decidir si se modifican, se eliminan o se añade alguna medida.