Castilla y León se encuentra actualmente en el nivel 4 de alerta sanitaria que corresponde al nivel de riesgo extremo. En este nivel, la Junta podrá tomar medidas más restrictivas en cuanto al cierre de locales, el adelanto del horario de cierre o la suspensión de la actividad.
Los grandes establecimientos comerciales tendrán un aforo máximo del 33%, además, los mercados que desarrollan su actividad en la vía pública, las ferias comerciales al aire libre, los mercados de ganado y similares, tendrán un aforo máximo del 50%.
En relación a la práctica deportiva las instalaciones y centros deportivos contarán un aforo del 33% y hasta un máximo de 6 personas de forma simultánea. En la actividad deportiva oficial de carácter no profesional y ámbito autonómico, la federada y el programa de deporte escolar, salvo las competiciones regulares con acceso directo o con fases de ascenso a competiciones regulares de ámbito estatal, los entrenamientos podrán tener un máximo 30 personas de forma simultánea y se pueden realizar tanto al aire libre como en instalaciones cerradas.
Asistencia de público a eventos deportivos en instalaciones al aire libre, si la instalación cuenta con entradas numeradas, habrá un aforo de 1/3 y si no cuenta con entradas numeradas, 25 personas en espacios cerrados y 50 al aire libre, sin que pueda superarse el 33% de aforo. Para aforos superiores, o en instalaciones deportivas no convencionales, se precisa autorización de evaluación sanitaria.
Piscinas: el aforo se reduce al 33%.
En cuanto a las discotecas y establecimientos de ocio nocturno y peñas deben permanecer cerrados.
El consumo en el interior de establecimientos de hostelería y restauración es del 33%, a excepción de los municipios afectados por las medidas excepcionales que no podrán abrir, existirán 2m de distancia entre mesas y no se permite el consumo de pie o en barra. Por otra parte, la ocupación máxima de mesa será de 6 personas. Las terrazas contarán con un aforo del 75% y no se admitirán clientes nuevos a partir de las 23 horas, ya que el local debe de cerrar a las 24 horas.
Los cines, teatros y similares, así como los recintos destinados a los espectáculos públicos y actividades recreativas, si cuentan con entradas numeradas, el aforo permitido es del 33% y si no cuentan con asientos preasignados, se establece un máximo de 25 personas en espacios cerrados y de 50 al aire libre 33%.
Los centros de ocio infantil, las actividades de plazas y recintos taurinos tendrán un aforo máximo de 1/3. Asimismo, el público deberá de permanecer sentado y se prohíbe el consumo de alimentos.
Bibliotecas, museos y salas de exposiciones tendrán un aforo del 33% como máximo en cada sala y el material en préstamo, en el caso de las bibliotecas, permanecerá 72 horas en cuarentena. Para las actividades grupales se establece un máximo de 6 personas incluída la persona que la dirija.
Respecto a las actividades en la naturaleza y otros espacios de uso público, en la caza y la pesca no hay restricciones en concreto, pero sí se contempla que se debe respetar la distancia de seguridad y no se compartirán los utensilios. En los espacios naturales de la Red de áreas naturales protegidas de CyL, dependerá de la actividad que se realice: Si se trata de una actividad de guía turística o turismo activo, se permiten grupos de máximo 6 personas, incluido el guía. En los parques y zonas deportivas de uso público al aire libre, habrá un aforo máximo de 1 persona por cada cuatro metros cuadrados de espacio.
Otro de los apartados son los establecimientos hoteleros y de alojamiento, en los que las actividades de animación o las clases grupales están suspendidas en el nivel 4, además, el aforo en las zonas comunes será de 1/3. En el caso de los alojamientos rurales, el aforo permitido si se trata de 2 grupos de convivencia es de un máximo de 8 personas. Más de 2 grupos de convivencia, no está permitido. Albergues turísticos y juveniles: aforo del 1/3, además, no podrán pernoctar en la misma estancia personas de diferentes grupos de convivencia.
Por otro lado, los centros de día de atención social destinados exclusivamente al ocio de mayores deben de permanecer cerrados.
Las academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada y centros de formación contarán con un aforo de 1/3 en formación presencial.
Velatorios y entierros: el aforo en espacios cerrados, será de 1/3, con un máximo de 10 personas y en espacios abiertos, 20 personas.
Ceremonias religiosas o civiles: si se celebran en lugares de culto, el aforo máximo que resulte de mantener la distancia de seguridad. Si se celebra en un lugar cerrado, siempre que sea posible, se aplazará hasta que la situación sanitaria mejore. Si no es posible, el aforo máximo será de 1/3, con un máximo de 50 personas. En espacios al aire libre, si no es posible aplazar la ceremonia, se establece un límite de 75 personas.
Congresos, encuentros, conferencias, eventos y actos similares. Sólo podrán celebrarse de forma telemática. Las reuniones laborales e institucionales sí están permitidas de forma presencial, pero se deberá de mantener las normas sanitarias.