Tras la publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León ya está en vigor la nueva normativa de la práctica eliminación del Impuesto de Donaciones y Sucesiones.
Lo que se pretende con esta aprobación es, por un lado, proteger a las familias, las pymes y a los autónomos y por otro, que se promueva la actividad económica, la creación de empleo y las oportunidades de futuro.
Se establece una bonificación del 99 por 100 en la cuota de las adquisiciones intervivos, para lo que se exige que se formalice en documento público, además, en el caso de donaciones en metálico o depósitos en cuentas corrientes o de ahorro, el origen de los fondos debe de estar justificado y que conste en documento público.
La publicación también recoge la bonificación del 99% en la adquisición de seguros de vida, cuotas de adquisiciones lucrativas mortiscausa, cuando los que los adquieran sean el cónyuge, los descendientes o adoptados.
Por último, como novedad y relacionado con estas bonificaciones, se extiende la equiparación de los cónyuges a los miembros de las uniones de hecho que hayan convivido juntos de forma estable durante al menos, dos años anteriores a la fecha de devengo del impuesto y estén inscritos como pareja de hecho en el Registro de Uniones de Hecho de Castilla y León. Pueden consultar el documento del Bocyl a continuación: