El consejo de Ministros aprobó el pasado martes una nueva regulación del teletrabajo después de negociar con los agentes sociales.
Desde ayer miércoles el Boletín Oficial del Estado recoge la nueva regulación del teletrabajo en el que el trabajo a distancia será compensado por la empresa y no podrá suponer que los gastos relacionados con la actividad sean subvencionados por parte del trabajador. El documento diferencia entre trabajo a distancia, actividad laboral desde el domicilio o el lugar elegido por el trabajador; teletrabajo, que lo define como el trabajo a distancia realizado exclusivamente a través de medios telemáticos, y el trabajo presencial, que es aquél que se presta en la empresa.
Como norma general, el trabajo a distancia será voluntario y reversible y se necesitará por escrito y firmado, un acuerdo. La nueva norma no se aplicará a las empresas que hayan incorporado el teletrabajo por la crisis sanitaria, solo establece que deben dotar a sus trabajadores de los “medios, equipos, herramientas y consumibles” para que puedan ejercer su actividad. También se especifica una previsión acerca de los gastos causados por el trabajo telemático.
El real decreto-ley entrará en vigor en 20 días.