La Junta de Castilla y León ha publicado en el día de hoy en el Boletín Oficial el nuevo Plan de medidas de prevención y control para hacer frente a la crisis sanitaria derivada de la covid-19 en el que, para reducir la transmisión comunitaria y ritmo de contagios se aplicará desde las 00.00h del sábado 22 de agosto.
Entre las medidas que destacan en este nuevo Plan se encuentran las siguientes:
- El uso de la mascarilla será obligatoria también en las piscinas, salvo durante el baño.
- Como regla general, se reducen los aforos máximos permitidos a los distintos sectores de actividad que pasan del 75% al 50%; se limita la participación en los entierros que pasa de 75 a 50 personas. En las ceremonias nupciales y celebraciones civiles se restringe la ocupación a un máximo de 150 personas en espacios al aire libre y 100 en lugares cerrados. Además, se reduce de 25 persona a 10 las permitidas para visitar museos, salas de exposiciones, monumentos.
- En las actividades de hostelería, restauración y sociedades gastronómicas, el aforo para consumir en el interior no podrá superar el 50% en barra, y si es en mesa, el límite será el 75% en el caso de salas de hasta 40 comensales y un 50% como máximo en caso de más de 40 comensales. Se prohíbe cualquier actividad que se desarrolle de pie como cócteles y se mantiene el aforo máximo del 80% en las terrazas al aire libre de los establecimientos que tengan esta autorización.
- En relación al ocio nocturno, la novedad con respecto a las restricciones que entraron en vigor el pasado lunes 17 agosto es que se permite a estos establecimientos la apertura de terrazas al aire libre, si las hubiera, y sujetas a las mismas limitaciones que el resto de terrazas.
- Se acuerda el cierre de las peñas, posibles focos de contagio y de relajación por los asistentes a las mismas de las medidas de prevención y ante las dificultades de seguimiento y control de las personas que han participado en las actividades desarrolladas en las peñas ante la posible declaración de un caso o brote en las mismas.
- Se establece la 01.00h como horario máximo de apertura para las actividades desarrolladas en las sociedades gastronómicas, los locales de juego y apuestas y atracciones de feria, sumándose así, al mismo horario establecido para el sector de la hostelería y restauración.
- No se permita la celebración de ningún evento no regulado en el Plan que pueda suponer un evento multitudinario y concentre a una aglomeración de personas y comprometa cumplir la distancia de seguridad, tanto en espacios cerrados como en espacios al aire libre, salvo autorización expresa.
Éstas medidas de prevención y control serán evaluadas de forma continua y se podrán establecer las medidas adicionales que sean necesarias para adaptarse a la situación epidemiológica.
Pueden consultar el Plan publicado en el BOCYL, aquí: