El Gobierno ha prorrogado hasta el 30 de septiembre los beneficios de los ERTES y las ayudas a trabajadores autónomos, establecidas por la crisis sanitaria y económica causada por la Covid-19.
El Consejo de Ministros extraordinario del pasado viernes aprobó la extensión de los beneficios de los Expedientes de Regulación de Empleo Temporal, así como las ayudas al colectivo de trabajadores por cuenta propia, que se han visto afectados por el coronavirus. Podrás consultar el Real Decreto publicado en el BOE aquí.
El acuerdo aceptado por patronales y sindicatos establece diferentes exoneraciones para empresas y mantiene las condiciones y requisitos para la prestación por desempleo. Además supone ir reduciendo la cobertura de las cuotas a la Seguridad Social del 75 al 25% hasta septiembre y también fija las circunstancias en caso de rebrote con cobertura del 80% en compañías con menos de 50 trabajadores y del 60% con más de 50 empleados.
Entre las condiciones también figuran que las empresas que se acojan a cualquier exoneración deberán seguir manteniendo el empleo durante un periodo de seis meses, por lo que no podrán efectuar despidos. Los trabajadores afectados por un ERTE derivado del Covid-19 no tienen que acreditar un periodo mínimo de cotización, ni se les computa el tiempo para el desempleo.
Así mismo, los trabajadores por cuenta propia que estaban cobrando la prestación extraordinaria, no pagarán la cuota de julio y tendrán una exención del 50% en agosto y del 25% en septiembre. Del mismo modo los que acrediten una caída del facturación del 75% en este tercer trimestre respecto al mismo periodo del año anterior, podrán solicitar la prestación ordinaria por cese de actividad.