El Boletín Oficial de Estado recoge el Real Decreto 37/2014 que regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza, que entró en vigor en el día de ayer.

La normativa se establece para los animales criados o mantenidos en explotaciones ganaderas con vistas a la producción de alimentos, lana, cuero, piel u otros productos.

Para ello se regula la formación del personal que realiza las operaciones de sacrificio de los animales en los mataderos. También se fijan normas para la comercialización en España de equipamientos y aparatos destinados a las operaciones de matanza, con el fin de asegurar que éstos cumplen con los requisitos de la legislación comunitaria, y que los operarios que van a utilizarlos conocen perfectamente su funcionamiento.

Por otra parte,  para la matanza para consumo doméstico privado, se establece la vía para que las autoridades competentes puedan realizar controles oficiales sobre las mismas.

El Real Decreto contempla igualmente el régimen de infracciones y sanciones aplicable para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.

Para más información pueden visitar la edición del pasado sábado del Boletín Oficial del Estado.

2 comentarios en «Nuevas normativas para la protección de los animales en la matanza»

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