Los empresarios podrán decidir como distribuir el cinco por ciento de la jornada de trabaja anual, además también decidirán sobre el abono de las horas extraordinarias, las modalidades de contratación o las medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal. Según el borrador del anteproyecto de ley de reforma de la negociación colectiva remitido por el Gobierno a los agentes sociales. El empresario podrá disponer con carácter general del 5% de la jornada de trabajo anual para distribuirla de manera irregular, salvo pacto en contra con los representantes de los trabajadores

Este porcentaje es inferior al 15% que había establecido como mínimo la CEOE en su última propuesta del 2 de junio.

Otras de las cuestiones que podrán abordarse desde el convenio de empresa, serán la cuantía del salario base y de los complementos salariales. En este punto, se podrá inaplicar el régimen salarial previsto en los convenios de ámbito superior mediante el acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores

Por último, el convenio de empresa podrá decidir sobre el abono de las horas extraordinarias y modalidades de contratación.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *