La Cámara de Comercio e Industria de Salamanca ha informado a los empresarios de que a partir de octubre comienza el periodo voluntario de recaudación del Recurso Cameral Permanente correspondiente al presente ejercicio. En el caso de las empresas pertenecientes a la demarcación de Salamanca, de las algo más de 25.000 empresas censadas se encuentran exentas del pago de esta cuota más de 10.000 empresas.

El 41% de las empresas de la provincia no tendrán que realizar el pago del recurso cameral, concretamente delas 25.096 empresas existentes en nuestra provincia, 10.332 empresarios no tendrán que realizar el pago. En cuanto al resto de empresas obligadas al pago, destaca que solo un 5% de las empresas salmantinas pagan una cuota comprendida entre 250 y 1.000 euros al año, y tan solo un 1% supera esta última cantidad. Asimismo, de las empresas que están obligadas al pago, el 87% paga una cuota anual inferior a 60 euros.

Las Cámaras de Comercio son Corporaciones de Derecho Público cuya carta de naturaleza se fundamenta en la Ley Básica de Cámaras de Comercio, Industria y Navegación 3/1993 de 22 de marzo. En esta misma Ley se regula el “Recurso Cameral Permanente”, que se establece como una exacción parafiscal que afecta a todas las empresas que forman parte del censo de la Cámara. Como contrapartida, la Cámara de Comercio ejerce una labor de representación y defensa de sus intereses, además de ofrecerles servicios, tanto si están obligadas al pago como si están exentas del recurso cameral permanente.

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