La nueva Ley de medidas de fomento y agilización procesal del alquiler y eficiencia energética de los edificios, que incluye la agilización de los procesos de desahucio, entrará en vigor dentro de un mes, después de su publicación en el Boletín Oficial de Estado.

En la nueva norma se incluye una reforma que facilitará que los arrendadores puedan recuperar su vivienda de modo rápido en caso de incumplimientos graves del pago del alquiler.

Además la supresión de trámites, sin que se eliminen garantías procesales, agilizarán los plazos e impedirá que la resolución ante un conflicto se alargue en el tiempo. Otro de los puntos reformados tiene que ver con la no ampliación prorroga obligatoria de alquiler, que suma más casos. Así en el supuesto de que el propietario necesite ocupar la vivienda para uso propio se añade ahora la posibilidad de que la requiera para sus hijos, sus padres y su pareja en el caso de sentencia judicial firme de divorcio o nulidad matrimonial. Paralelamente, en garantía de la seguridad jurídica, se prevé que todas estas circunstancias deberán constar expresamente en el contrato de arrendamiento.

Por último, también se incluye la reforma de la Ley de Propiedad Horizontal, que modula las mayorías necesarias para que las comunidades de propietarios adopten acuerdos para la mejora de la eficiencia energética e hídrica de los inmuebles. Asimismo, y con el objeto de potenciar y favorecer el transporte sostenible, se facilita la instalación en el aparcamiento del edificio de un punto de recarga de vehículos eléctricos para uso privado, siempre que éste se ubique en una plaza individual de garaje.

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